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43215 - DERECHO DE LAS EMPRESAS TURÍSTICAS

Evaluación

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Criterios de evaluación

Criterios de evaluación:
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Los criterios para la evaluación del estudiante se corresponden con una adecuada asimilación de las competencias recogidas en este proyecto docente. Por tal motivo, los estudiantes serán evaluados en términos generales y por competencias, prestando una atención especial a las específicas de la asignatura.

C.1. Aprender a buscar los mecanismos que le ayuden en su futuro profesional a adecuar su conocimiento a las modificaciones legislativas que se irán produciendo con
el tiempo (O.1, O.4).
Fuentes de evaluación: exámenes (parciales o final), y realización de prácticos.

C.2. Identificar y distinguir, tanto al empresario como al cliente como consumidor, diferenciándole de quienes no asumen tal condición, como parte de los distintos contratos que se realicen en el sector y a tratar de cubrir las expectativas de éstos, así como diferenciar a los distintos agentes turísticos y la relación jurídico privada que surge entre todos ellos, sean interempresariales, sean relaciones de consumo (O.2, O.3 y O.4)
Fuentes de evaluación: exámenes (parciales o final), y realización de prácticos.

C.3. Aplicar de manera rigurosa los conocimientos adquiridos para resolver los posibles conflictos que se susciten en relación a las relaciones entre empresarios y de estos con los consumidores, teniendo en cuenta Explicar el marco jurídico que regula cada una de las actividades turísticas, los contratos enmarcados en cada una de ellas, las obligaciones y responsabilidades de las partes y la defensa del turista como consumidor y generalmente, parte débil de los contratos turísticos en masa, así como los procedimientos para defender sus derechos cuando son lesionados (O.5)
Fuentes de evaluación: exámenes (parciales o final), y realización de prácticos.

Con todo ello se logrará que los estudiantes adquieran los conocimientos básicos de utilización de las herramientas legales, razonamiento lógico y crítico, expresión oral y escrita, sopesar argumentos en contra y redefinir los propios ante los esgrimidos por quienes sostengan posturas contrarias, así que se trabajarán valores de respeto e intercambio de tesis y posturas.

Sistemas de evaluación

Sistemas de evaluación:
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La evaluación del alumno se realizará a los largo del semestre atendiendo a:
a) La resolución y defensa de los casos prácticos de distinta naturaleza realizados. En función del número exacto de clases prácticas realizadas durante el curso, se prevé que el estudiante realice entre 9 y 11 supuestos prácticos, de igual valor, que serán valoradas de 0 a 10 y que sumarán el 30% de calificación final.
b) El o los exámenes teórico-prácticos sobre las lecciones del temario. En el régimen de evaluación continua dichos exámenes consistirán en dos pruebas teórico-prácticas de carácter liberatorio, valorados sobre 10 y en los que los estudiantes habrán de obtener una calificación mínima de 5 sobre 10 para superarlos. Esta parte corresponderá al 70% de la calificación final.

En el/los exámenes teóricos se valorará el conocimiento del contenido de la materia.
En las diversas modalidades de prácticas señaladas en el apartado "Metodología", se valorará, dependiendo de cada una, la capacidad de: analizar, comprender e interpretar normas, supuestos de hecho, sentencias y textos doctrinales; recabar y elaborar información para resolver problemas; elaborar razonamientos críticos; aprendizaje autónomo; identificar y aplicar las fuentes jurídicas relevantes; ordenar y resolver problemas complejos; elaborar y defender soluciones jurídicas fundamentadas; redactar documentos jurídicos; dominar las habilidades orales y escritas; identificar y analizar los debates de actualidad.

Convocatoria ordinaria:

- Para quienes siguen evaluación continua dicha convocatoria constará de dos pruebas escritas con un valor del 70% de la nota final. Quienes no superen alguna de estas pruebas, siempre podrán recuperarla en la única prueba establecida por el centro para la convocatoria ordinaria.
- Para quienes no sigan la evaluación continua una prueba escrita con un valor del 70% de la calificación = 7 p
- Practicas 30% = 3 p
- Para superar la asignatura han de superarse necesariamente tanto la parte teórica como la práctica.

Convocatoria extraordinaria:
- Prueba escrita teórico- práctica dividida en dos partes:
o Una primera parte que incluye todo el temario, en el que de forma teórica o práctica se preguntará sobre todos los temas desarrollados en el programa: 70% de la calificación = 7 puntos.
o Una segunda parte, que incluye todo el temario, y que corresponde a la realización de varios casos prácticos, cuyo valor corresponde al 30% de la calificación = 3 puntos.
- Para superar la asignatura han de superarse necesariamente tanto la parte teórica como la práctica, debiendo obtenerse en el examen en conjunto y cumplido el anterior requisito una calificación mínima de 5 sobre 10.

Convocatoria especial:
- Prueba escrita teórico- práctica dividida en dos partes:
o Una primera parte que incluye todo el temario, en el que de forma teórica o práctica se preguntará sobre todos los temas desarrollados en el programa: 70% de la calificación = 7 puntos.
o Una segunda parte, que incluye todo el temario, y que corresponde a la realización de varios casos prácticos, cuyo valor corresponde al 30% de la calificación = 3 puntos.
- Para superar la asignatura han de superarse necesariamente tanto la parte teórica como la práctica, debiendo obtenerse en el examen en conjunto y cumplido el anterior requisito una calificación mínima de 5 sobre 10.


En relación a la evaluación de estudiantes que participan en programas de movilidad:
Los estudiantes que participan en programas de movilidad y que se encuentren en la situación contemplada en el art. 51 del Reglamento de Movilidad de estudios con reconocimiento académico de la ULPGC, esto es, con alguna de las asignaturas de su acuerdo académico que no hubieran sido superadas en destino o estuvieran calificadas como no presentadas, podrán presentarse en las convocatorias extraordinaria o especial optando al 100% de la calificación (art. 26 Reglamento de Evaluación de los resultados de aprendizaje y de las competencias adquiridas por el alumnado de la ULPGC).

En relación a los estudiantes en 5ª, 6ª y 7ª convocatoria:
Siguiendo lo indicado en los artículos 16 y 16 Bis del Reglamento de Evaluación de los resultados de aprendizaje, aquellos alumnos en 5ª, 6ª y 7ª convocatoria que hayan solicitado, por escrito, ser excluidos de la evaluación continua serán evaluados por un tribunal (art. 12.3 del Reglamento de Evaluación de los resultados de aprendizaje), debiendo suponer dicho examen el 100% de la calificación de la asignatura.















Criterios de calificación

Criterios de calificación
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Sistema general para la convocatoria ordinaria y extraordinaria (evaluación continua)

1. La evaluación pretende constatar que el alumno ha adquirido las competencias establecidas.
La asistencia a clase ocupa un lugar básico por el carácter esencialmente práctico que tiene la asignatura. Ahora bien, dicha asistencia, derecho y obligación de los alumnos, no tendrá un reflejo directo en la calificación, pudiendo tenerlo al efecto de redondear al alza la calificación final en la medida que implique calificar el trabajo de dicho estudiante y la adquisición de competencias con dicho trabajo. Con el fin de no interferir en la exposición y trabajo de alumnos y profesor, queda terminantemente prohibida la entrada al aula una vez cerradas las puertas. Como excepción, se permitirá a los estudiantes, previo aviso, si se incorporan al aula tras salir de un examen o de una revisión de exámenes (ambas justificadas documentalmente por el profesor o profesora responsable) o, por razón de caso fortuito o de fuerza mayor, solicitando permiso al profesor que esté en el aula. Precisamente, y también para evitar interferir en la exposición de la clase teórica o los debates en las clases prácticas, se prohíbe terminantemente salir del aula durante el desarrollo de tales clases (salvo alguna causa de fuerza mayor). Por ésta, a título de ejemplo, se entiende la indisposición sobrevenida del estudiante, pero no acudir al baño, cafetería, atender su teléfono móvil, etc. La consecuencia de salir del aula, pese a contravenir la antedicha regla es que no podrá volver a ella hasta la siguiente clase.
No se permite en el aula ningún comportamiento que impida el ejercicio del trabajo del profesor o profesor, así como del derecho de cualquier estudiante a recibir sus clases. Precisamente por ello, se prohíbe el uso de teléfonos móviles, charlar o comentar entre compañeros, mientras se imparte docencia. Los estudiantes que contravengan estas normas serán advertidos públicamente en una sola ocasión. Si reiteran su conducta serán expulsados del aula.
2. Por otro lado, además de la evaluación del estudiante a través de la o las pruebas teóricas, la evaluación de las actividades prácticas es imprescindible para comprobar que el alumno ha asimilado los contenidos y es capaz de aplicarlos. Las mismas consistirán en el debate y defensa de los supuestos prácticos que se estipulen por los profesores. Ello implica que los estudiantes deberán realizar dicha práctica fuera del horario de clases, en el tiempo que tienen reservado para el trabajo autónomo y, lo que se evalúa, es su defensa y debate en el aula. Se evalúan, por tanto, las sucesivas actividades prácticas de manera que sea posible realizar un seguimiento individualizado y/o grupal de la progresión de los estudiantes, a fin de constatar que van adquiriendo todas las competencias. Así, pues, las prácticas conllevan a su vez un trabajo semanal de los estudiantes. En el momento de ser llamado el estudiante o el grupo para que presente la práctica, si no está presente el estudiante, éste tendrá un 0 en dicha práctica, a menos que pueda justificar debidamente su ausencia, logrando entonces, la mitad de la nota que corresponde al resto del grupo, al haber realizado tan sólo, la mitad del trabajo.
3. El sistema de evaluación previsto conlleva la necesaria evaluación del estudiante a través de dos pruebas objetivas de carácter teórico-práctico, que tendrán carácter liberatorio y que habrán de superarse, cada una, con un 5 sobre 10.
4. Además, semanalmente se realizarán y calificarán las actividades prácticas y el trabajo habitual del estudiante a través de su participación activa en el aula, en los foros habilitados, mediante aportaciones originales y razonadas a las actividades prácticas. Atendiendo al calendario, oscilarán entre 9 y 11 las actividades evaluables, salvo circunstancias sobrevenidas. Las mismas, que tendrán el mismo valor, se calificarán de 0 a 10 cada una, haciéndose la media una vez concluidas.
5. En este modelo la distribución de la calificación del estudiante será la siguiente:
- Prueba escrita 70% = 7 p
- Practicas 30% = 3 p
6. Sólo se entenderá superada la asignatura a través del sistema de evaluación continua cuando el estudiante haya superado tanto las dos pruebas escritas con un 5 sobre 10 como las actividades prácticas. Estas últimas habrán de superarse al menos con un 5 sobre 10.
7. El estudiante que no haya superado alguna de las pruebas liberatorias podrá en el examen ordinario y en el extraordinario presentarse exclusivamente de aquella parte que tiene suspensa. Sólo en este último, podrá asimismo recuperar la práctica si la tiene suspendida. Si no supera en este examen todas las partes, la nota máxima que tendrá en el acta será un 4.5. Sólo podrá tener una nota superior al cinco cuando tenga aprobadas tanto la parte teórica como la práctica.
8. Sin embargo, de no superar el examen ordinario o el extraordinario, para la convocatoria especial el estudiante habrá de presentarse bien de toda la parte teórica, bien de toda la práctica o de ambas, dependiendo de las partes no superadas. En éste la calificación máxima que podrá obtener un estudiante si no supera alguna de las partes (teórica o práctica), será un 4.5 suspenso, pues habrá de aprobar tanto la parte teórica como la práctica para obtener una calificación igual o superior a cinco. Las notas prácticas se guardarán durante dos cursos académicos consecutivos.
9. El estudiante que participe en los prácticos pero no se presente a los exámenes parciales o final, se entenderá que cursa la asignatura y, por tanto, obtendrá como calificación final la obtenida en los prácticos. Los mismos, si se han superado se guardarán durante dos cursos académicos consecutivos. Sin embargo y siempre previa petición del estudiante podrá entenderse que el estudiante no ha cursado la asignatura y por tanto, aparecer en el acta como no presentado. En dicho caso, la calificación obtenida en la parte práctica, si se hubiera superado, no se guardará en los dos cursos académicos consecutivos.

El estudiante que se haya presentado a alguno de los exámenes parciales se entenderá que cursa la asignatura y por tanto su calificación final será la que resulte de la obtenida en las distintas partes evaluables de la asignatura.

El distinto tratamiento entre la parte teórica y práctica se justifica por el convencimiento de que el alumno va aprendiendo a lo largo del curso y no tiene por qué renunciar a esta parte de su aprendizaje, así como a la asistencia al aula (aunque no se le valore su participación), cuando decida no presentarse a los exámenes parciales o al final.

Si el estudiante no aprueba la Evaluación Continua de la asignatura, la calificación alcanzada en dichas prácticas, trabajos y pruebas tendrá una validez de dos años académicos siempre y cuando no cambie el proyecto docente en lo que a competencias adquiridas por las prácticas se refiere (art.19 del Reglamento de Evaluación).


Sistema excepcional para los estudiantes que no deseen la evaluación continua (convocatorias ordinaria, extraordinarias y especiales):

Los estudiantes que no deseen seguir la evaluación continua podrán superar la materia mediante una única prueba escrita que constará de una serie de preguntas teórico-prácticas y, por separado, de una parte exclusivamente práctica. Dicha prueba deberá superarse con un cinco sobre diez, teniendo en cuenta que el estudiante habrá de superar las dos partes del examen (las preguntas cortas teórico-prácticas y los supuestos prácticos) para superar dicha prueba y, por tanto, aprobar la asignatura.

En relación a la evaluación de estudiantes que participan en programas de movilidad:
Los estudiantes que participan en programas de movilidad y que se encuentren en la situación contemplada en el art. 51 del Reglamento de Movilidad de estudios con reconocimiento académico de la ULPGC, esto es, con alguna de las asignaturas de su acuerdo académico que no hubieran sido superadas en destino o estuvieran calificadas como no presentadas, podrán presentarse en las convocatorias extraordinaria o especial optando al 100% de la calificación (art. 26 Reglamento de Evaluación de los resultados de aprendizaje y de las competencias adquiridas por el alumnado de la ULPGC).
En relación a los estudiantes en 5ª, 6ª y 7ª:
Siguiendo lo indicado en los artículos 16 y 16 Bis del Reglamento de Evaluación de los resultados de aprendizaje, aquellos alumnos en 5ª, 6ª y 7ª convocatoria que hayan solicitado, por escrito, ser excluidos de la evaluación continua serán evaluados por un tribunal (art. 12.3 del Reglamento de Evaluación de los resultados de aprendizaje), debiendo suponer dicho examen el 100% de la calificación de la asignatura.