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42043 - REGULACIÓN LABORAL Y EXTRANJERÍA
Evaluación
Criterios de evaluaciónCRITERIOS DE EVALUACIÓN
C1. Asistir de forma regular y participar de forma activa en las tareas desarrolladas en el aula o por medio de videoconferencia
(O1-O7) Fuente de evaluación: Control asistencia y rubrica en ficha del alumno presencial o videoconferencia.
C2. Ser capaz de defender los propios argumentos en controversias sobre la materia planteadas en el aula o en actividades concretas (O2-O7). Fuente de evaluación: Casos prácticos.
C3. Buscar y encontrar los textos legales, jurisprudenciales y bibliográficos precisos para resolver
la controversia que sobre la materia se plantee y poner en funcionamiento las técnicas que se requieran en cada caso (O3-O7). Fuente de evaluación: Casos prácticos + prueba objetiva.
C4. Utilizar las herramientas y recursos oportunos en cada caso y ante cada situación (O3-O7). Fuente de evaluación: Casos prácticos + prueba objetiva.
C5. Realizar eficazmente las tareas asignadas como miembro de un equipo de trabajo (O3-O7).
Fuente de evaluación: Casos prácticos + trabajo grupal.
C6. Ser capaz de defender los propios argumentos en controversias sobre la materia planteadas en el aula o en actividades concretas (O1-O3). Fuente de evaluación: Casos prácticos + exposición oral trabajo grupal.
Dado el reducido período de docencia de la asignatura, además del seguimiento individualizado durante el mismo, en la CONVOCATORIA ORDINARIA se valorarán los resultados de aprendizajes a través de una evaluación final, con los siguientes indicadores y ponderación de nota.
1. Examen escrito tipo test (25 preguntas): puntuable con 0,2 cada respuesta acertada (50%). Se realizará en la fecha prevista en el calendario oficial o en la fecha anterior que se proponga por acuerdo unánime del alumnado
2. Ensayo (individual o por pareja) sobre tema a elegir entre los propuestos por el profesorado que dará las indicaciones pertinentes y fijará la fecha de entrega (30%). Las propuestas de temas (obviamente, relacionados con los descriptores de contenidos del programa) se realizarán en función de aquéllos que, a criterio del profesorado, resulten polémicos, de actualidad o tengan un peculiar interés o un tratamiento normativo novedoso durante el período lectivo; por tal motivo, resulta imposible su identificación
3. Asistencia regular a clase (10%)
4. Participación activa (10%)
En las CONVOCATORIAS EXTRAORDINARIA y ESPECIAL para la evaluación final se utilizarán únicamente* los indicadores 1. (examen tipo test) y 2. (ensayo) elevándose la ponderación de este último al 50%. La entrega del Trabajo/ensayo deberá realizarse al acudir el estudiante al examen.
* de manera excepcional podrá considerarse la posibilidad de realizar únicamente el examen tipo test ( si, en la anterior convocatoria, se presentó el trabajo/ensayo y la suma de los indicadores 3. y 4. equivale a 2 puntos)
El alumnado que se encuentre en movilidad podrá examinarse de la asignatura en los términos previstos en la correspondiente normativa y conforme al sistema de evaluación previsto para cada una de las convocatorias.
El sistema de calificaciones se expresarán mediante calificación numérica, de acuerdo con lo establecido en al arículo 5 del Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre (BOE de 18 de septiembre), por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones de las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
1. Examen escrito tipo test (25 preguntas): asignación de la nota que corresponda según el número de aciertos, conforme a lo indicado en el apartado anterior (sobre cinco puntos)
2. Ensayo (individual o por pareja): se atenderá a las indicaciones y variables tenidas en cuenta al valorar el mismo. asignándose una mayor o menor nota (sobre tres puntos) en función de la claridad expositiva, la presentación de hipótesis y argumentos, la formulación de conclusiones, la aportación y posicionamiento personal y la variedad y adecuación de las fuentes utilizadas.
El sistema de calificaciones se expresarán mediante calificación numérica, de acuerdo con lo establecido en al arículo 5 del Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre (BOE de 18 de septiembre), por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones de las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.