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42033 - LA MEDIACIÓN COMO HERRAMIENTA DE INTERVENCIÓN DEL TRABAJO SOCIAL

Evaluación

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Criterios de evaluación

Se valorará el rendimiento y los aprendizajes adquiridos a través de una combinación equilibrada entre actividades de evaluación formativa y de evaluación final.
La evaluación formativa valorará el esfuerzo, el progreso en el aprendizaje y la consolidación de las competencias, e incentivará una dedicación constante a la materia a lo largo del semestre. Esta evaluación, con actividades y participación activa, permite expresar con mayor riqueza y significatividad el progreso del alumnado en la adquisición de competencias.
1.-Realización y exposición de trabajo de grupo.
2.- Examen escrito.
3.- Participación y actitud

Sistemas de evaluación

Dicha evaluación consta de los siguientes apartados:
1. PARTICIPACION Y ACTITUD: la finalidad es valorar la creatividad y participación activa del
estudiante en el proceso de aprendizaje bien a través de la discusion de las actividades prácticas,
bien a través de discusiones y debates que se organizan en el aula sobre determinados temas.
2. TRABAJOS EN GRUPO: La finalidad de estas actividades, es que el alumno adquiera y
desarrolle una serie de capacidades para el análisis, la reflexión, y la comunicación, así como para
el trabajo en equipo y la resolución de situaciones y problemas relacionados con la profesión.
3. EXPOSICIÓN DE LOS TRABAJOS: Nos referimos a la puesta en común de lo trabajado con
la finalidad de compartir y reflexionar sobre los contenidos de la materia.
4. EXAMEN: Éste se realizará al finalizar la asignatura y cuya finalidad es medir el grado de
conocimientos conceptuales adquiridos en el desarrollo de la asignatura.



Criterios de calificación

Para las convocatorias ordinaria, extraordinaria y especial se seguirán por dos modalidades de evaluación, continua y alternativa o no continua.
De conformidad con el Reglamento de Evaluación de los Resultados de Aprendizaje y de las Competencias Adquiridas por el alumnado en los títulos oficiales, títulos propios y de formación continua de la ULPGC en su artículo 20, el/la estudiante que no asista, al menos al 50% de las clases y prácticas, será excluido de la evaluación continua.

A continuación, se especifican los criterios de calificación de cada modalidad de evaluación.

EVALUACIÓN CONTINUA

La evaluación de la asignatura incluye tres partes diferenciadas: la realización y exposición de trabajos prácticos (individuales y grupales), participación activa en el aula y prueba escrita y/o examen.

1. EXAMEN: Constituye el 50% de la nota final de la asignatura. Esto equivale a 5 puntos de la nota final, debiendo obtener un mínimo de 2,5 puntos para superar la asignatura. Se desarrollará mediante 30 preguntas tipo test con dos opciones de respuesta: verdadero/falso. En la corrección los errores no restan puntuación.

2. PARTICIPACIÓN Y ACTITUD EN EL AULA: Constituye el 10 % de la nota final de la asignatura, para medir la participación nos centraremos en la participación en el aula. Esto equivale a 1 punto, debiendo obtener un mínimo de 0.5 puntos para superar la asignatura.

3. TRABAJO DE GRUPO: Constituye el 20% de la nota. Esto equivale a 2 puntos, debiendo obtener un mínimo de 1 punto para poder superar la asignatura. Se realizará un trabajo grupal evaluable. La pauta general del trabajo se irán indicando a lo largo del curso y se entregará en el plazo previsto por la profesora a través de la plataforma web (http://www.campusvirtual.ulpgc.es/).

4. EXPOSICIÓN DEL TRABAJO GRUPAL: Constituye el 20% de la nota. Esto equivale a 2 puntos, debiendo obtener un mínimo de 1 punto para poder superar la asignatura. Se expondrá 1 trabajo en grupo.

Si el alumno/a no superase alguna de las pruebas de evaluación continua indicadas la nota final del acta será suspenso 4.

En virtud del Artículo 19.- Superación de las pruebas referidas al artículo 18, del Reglamento de Evaluación de los Resultados de Aprendizaje y de las Competencias Adquiridas por el Alumnado en los Títulos Oficiales, Títulos Propios y de Formación Continua de la ULPGC (14 de octubre de
2014): "aquellos estudiantes, que tengan aprobadas las prácticas de la asignatura, éstas serán válidas durante dos años, siempre y cuando no cambie el proyecto docente en lo que a las competencias adquiridas por las prácticas se refiere. Asimismo, aquellos estudiantes repetidores que en cursos previos hayan tenido una asistencia regular a las clases en los dos cursos inmediatamente anteriores, en el sentido establecido en el artículo 20 de este reglamento, no tendrán obligación de cumplir nuevamente este requisito”.

EVALUACIÓN ALTERNATIVA O NO CONTINUA
El estudiantado que no han realizado el proceso metodológico normalizado conforme al sistema de evaluación continua establecido en el programa, los criterios de calificación para ésta convocatoria consistirá en:

- EXAMEN TEÓRICO: Constituye el 50% de la nota final de la asignatura. Esto equivale a 5 puntos de la nota final, debiendo obtener un mínimo de 2,5 puntos para liberarlo. Se desarrollará mediante 30 preguntas tipo test con dos opciones de respuesta: verdadero/falso. En la corrección los errores no restan puntuación.

- EXAMEN PRÁCTICO: Constituye el 50% de la nota final de la asignatura. Esto equivale a 5 puntos de la nota final, debiendo obtener un mínimo de 2,5 puntos para liberarlo. Se desarrollará mediante un supuesto práctico de mediación con 5 preguntas a desalojar relacionadas. El valor máximo de cada pregunta es 1 punto.

Si el/la estudiante no superase alguna de las pruebas de evaluación la nota final del acta será suspenso 4.

CONVOCATORIAS, EXTRAORDINARIA Y ESPECIAL:

1. Para los estudiantes que han realizado el proceso metodológico normalizado conforme al sistema de evaluación continua establecido en el programa, los criterios de calificación para las convocatorias ordinaria, extraordinaria y especial se mantienen en las mismas condiciones.

2. Aquellos estudiantes que no han realizado el proceso metodológico normalizado conforme al sistema de evaluación continua establecido en el programa, se realizará en los mismos criterios que la ordinaria no continua. Si el/la estudiante no se presenta al examen la nota final del acta será NP.

ALUMNADO EN 5ª, 6ª y 7ª CONVOCATORIA
Este alumnado podrá acogerse a lo estipulado en el Reglamento de Evaluación de los Resultados de Aprendizaje, en especial en los artículos 12 y 16. El procedimiento de evaluación es el que se describe en los mismos.
Los artículos 16.6 y 16 Bis del Reglamento de Evaluación de los Resultados de Aprendizaje señalan que aquellos estudiantes que hayan solicitado por escrito ser excluidos de la evaluación continua serán evaluados por un tribunal (art. 12.3, 5 y 6 de dicho Reglamento), debiendo suponer dicho examen el 100% de la calificación de la asignatura. En este sentido, los estudiantes tienen que solicitar, por escrito, dicha exclusión a la CAD del Centro, al inicio del curso académico (primera semana). En todo caso, el estudiante en 7ª convocatoria que no haya solicitado expresamente la exclusión de la evaluación continua y no haya superado la totalidad de la signatura por este procedimiento deberá presentarse a un examen final de la asignatura completa en esa misma convocatoria que será evaluado por un Tribunal conforme al artículo 12, apartados 5 y 6.

ALUMNADO CON NECESIDADES ESPECÍFICAS DE APOYO EDUCATIVO
Atendiendo a lo establecido en el art. 21 del Reglamento de Evaluación de los Resultados de Aprendizaje, se deberá tener en cuenta las recomendaciones dadas por el Servicio de Acción Social para dar cumplimiento a las medidas específicas de apoyo educativo que tendrán que recogerse en el desarrollo de las clases (teóricas y prácticas) y en los sistemas de evaluación.

ALUMANDO EN PROCESO DE MOVILIDAD
Los estudiantes que participen en programas oficiales de movilidad con reconocimiento académico coordinados por la ULPGC y que se encuentren en la situación contemplada en el art. 51 del Reglamento de Movilidad de estudios con reconocimiento académico de la ULPGC, o bien estén matriculados en la ULPGC de asignaturas no incorporadas en sus acuerdos académicos, tienen derecho a ser dispensados de la asistencia a las clases y de la evaluación continua. Dichos estudiantes tienen derecho a ser evaluados mediante un sistema que les permita obtener la máxima calificación posible de acuerdo a lo establecido en el art. 37 de este Reglamento en las convocatorias ordinaria y extraordinaria.
Hay que tener presente que el artículo 19 del Reglamento de Evaluación de los Resultados de Aprendizaje titulado Superación de las pruebas referidas en el artículo 18 establece que “en cualquier caso, para aquellos estudiantes que tengan aprobadas las prácticas de la asignatura, éstas serán válidas durante dos años, siempre y cuando no cambie el proyecto docente en lo que a las competencias adquiridas por las prácticas se refiere".